El impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales (IGEC) que la Generalitat reformó en el 2017 con gran polémica no ha tenido el impacto previsto. El Govern modificó el tributo para que estos centros asuman el coste ambiental de los desplazamientos que generan, siguiendo el principio de “quien contamina paga”. También, para incentivar la reducción del uso del vehículo privado y el impacto ambiental asociado. Sin embargo, el efecto ha sido muy limitado, indica un análisis al respecto del Institut Català d’Avaluació de Polítiques Públiques Ivàlua.
El impuesto catalán no logra desincentivar el uso del vehículo privado, concluye un análisis de Ivàlua
El impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales (IGEC) que la Generalitat reformó en el 2017 con gran polémica no ha tenido el impacto previsto. El Govern modificó el tributo para que estos centros asuman el coste ambiental de los desplazamientos que generan, siguiendo el principio de “quien contamina paga”. También, para incentivar la reducción del uso del vehículo privado y el impacto ambiental asociado. Sin embargo, el efecto ha sido muy limitado, indica un análisis al respecto del Institut Català d’Avaluació de Polítiques Públiques Ivàlua.
Por un lado, el tipo impositivo actual, de 18 céntimos por vehículo, es “insuficiente” para cubrir el coste ambiental de los desplazamientos, que se estima entre 23,9 y 28,5 céntimos, señala el estudio. “Esto implica que sólo se internaliza entre un 62,4% y un 75,4% del daño ambiental por contaminación atmosférica”, prosigue. En total, el gravamen recaudó algo más de 12 millones de euros en el 2023 –últimos datos disponibles–, cuando tributaron 216 establecimientos.
El gravamen recaudó más de doce millones de euros en el 2023, cuando tributaron 216 establecimientos
Ivàlua subraya asimismo que menos de uno de cada cinco vehículos tributan por la vía de conteo de vehículos. Esto es relevante porque los centros comerciales tienen dos vías para pagar el impuesto: en función del número real de coches que llegan a las instalaciones, para lo cual deben establecer un sistema de medición; y a través de estimaciones, para lo que usan una fórmula determinada. Los primeros –prosigue el análisis– solo suponen el 19% del total y, además, una tasa de 18 céntimos tiene poca fuerza para cambiar el comportamiento de los establecimientos y de los consumidores. Los segundos, que son mayoría, limitan tanto la capacidad del impuesto para reflejar el coste ambiental real como su potencial para reducir los desplazamientos en vehículo privado.
Vista la escasa eficacia, el Institut Català d’Avaluació propone alternativas. En primer lugar, sustituir el IGEC por instrumentos fiscales más directamente vinculados a las emisiones contaminantes del transporte que afecten a la calidad del aire. Por contra, si la Generalitat opta por mantener el gravamen, Ivàlua considera que debería reformarlo. Para ello, apuesta por hacer obligatoria la instalación de instrumentos de conteo de vehículos o ajustar al alza la fórmula de estimación, para hacer que resulte menos ventajosa económicamente.
Además, defiende aumentar el tipo impositivo a entre 23,9 y 28,5 céntimos, indexado a la inflación, así como introducir bonificaciones a quien reduzca el tráfico privado. De esta manera, concluye, el impuesto ganaría utilidad.
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