Los alquileres que se actualicen con el índice del INE podrán subir un 2,08%

El incremento de los alquileres estará limitado al 2,08% si toca una revisión en abril, según el índice de referencia publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El porcentaje se aplica para contratos firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo del 2023.

Seguir leyendo…

 La cifra para los arrendamientos que se revisen baja una décima respecto al mes previo  

El incremento de los alquileres estará limitado al 2,08% si toca una revisión en abril, según el índice de referencia publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El porcentaje se aplica para contratos firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo del 2023.

Este nuevo dato, calculado con la base de febrero del 2025, es inferior a los que ha publicado hasta la fecha el INE, que puso en marcha el índice con el inicio del año. En el mes previo la cifra fue del 2,19%, por lo que se reduce una décima. En las cuatro ocasiones en las que se ha publicado se ha movido ligeramente por encima del 2%.

El índice tiene en cuenta principalmente la evolución de la inflación general y la subyacente, la que no tiene en cuenta alimentos frescos y energía.

Lee tambiénFernando H. Valls

Vista de un cartel de 'Se vende' en un portal de un edificio, a 8 de abril de 2024, en Madrid (España). El precio de la vivienda usada en España ha subido un 1,8% durante el primer trimestre del año y ha repuntado un 7% respecto al mismo periodo del ejercicio anterior, situando el precio del metro cuadrado en 2.079 euros. San Sebastián y Madrid alcanzaron precios máximos en marzo, esta última ha tenido un aumento del 5,3% en el último trimestre.

Si el propietario decide aplicar esta subida al inquilino tendrá que notificársela por escrito, respetando los plazos y condiciones recogidos en el contrato. Las actualizaciones se producen de forma anual, por lo que los caseros que tengan que revisar ahora el alquiler a sus inquilinos podrán aplicar como máximo esta subida si están referenciados al índice.

Los alquileres se actualizaban tradicionalmente en la mayoría de los casos con el IPC. La Ley de Vivienda establece una serie de medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de alquiler y establecía que sería el INE el encargado de definir este índice de referencia para la actualización anual de los contratos a fin de evitar incrementos desproporcionados, como se estaban registrando por la inflación.

Lee tambiénMaite Gutiérrez

foto XAVIER CERVERA 27/12/2023 barrio residencial en distrito sants montjuic : construccion de viviendas privadas, y ya terminadas (edificio blanco) pisos publicos ,alquiler barato (VPO) en la marina del prat vermell, barcelona

Por su parte, los contratos que hayan sido firmados antes de la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la vivienda, es decir, firmados antes de mayo de 2023, seguirán actualizando su renta anual con el dato del Índice de precios al consumidor o IGC, según conste en el contrato de alquiler firmado.

El ministerio de Vivienda cuenta con una herramienta para saber la subida que se tiene que aplicar según el contrato y la renta, a la que se puede acceder aquí.

 Economía

Te Puede Interesar

  • “Catalunya necesita al Sabadell ahora que sale de una economía al ralentí”

  • Trump: el zombi que quiere sorber y soplar a la vez

  • El libertario encriptado

  • Estrategiando