El Tribunal Supremo abre la carpeta de Louzán, que deberá dejar la presidencia de la Federación si ratifica su condena

Se celebra la vista por el recurso de casación presentado por el dirigente gallego contra una condena por prevaricación Leer Se celebra la vista por el recurso de casación presentado por el dirigente gallego contra una condena por prevaricación Leer  

El Tribunal Supremo celebra hoy la vista del recurso del presidente de la Federación Española de Fútbol (RFEF), Rafael Louzán, contra la condena de siete años de inhabilitación para empleo o cargo público en administraciones públicas por un delito de prevaricación durante su etapa como presidente de la Diputación de Pontevedra en 2013.

La Sala Segunda de lo Penal del tribunal estudiará el recurso de casación que Louzán interpuso contra la sentencia de mayo de 2022 de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que ratificó parte de la condena que un año antes dictó el Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra. Si el alto tribunal no estima el recurso y ratifica la sentencia, Louzán debería abandonar la presidencia de la RFEF, según dictan los Estatutos del organismo.

Este juzgado condenó a Louzán, entre otras personas, en febrero de 2021 a dos años de cárcel y ocho de inhabilitación para empleo o cargo público relacionado con administraciones públicas, por los delitos de fraude y prevaricación, tras considerar probado que cometió irregularidades al otorgar 86.311 euros a una constructora por un sobrecoste en las obras del campo de fútbol de Moraña.

La Diputación firmó con el Concello de Moraña en diciembre de 2011 un convenio para las obras por importe de 999.561,23 euros, a través de una subvención discrecional de su presidente, y dos años después la empresa adjudicataria, que había realizado obras no contempladas en el proyecto, presentó una certificación aumentando algunas partidas por el importe de 86.816,47.

Al ser unas obras realizadas con subvención, la legislación impedía exceder el importe subvencionado y, según la sentencia, «se ideó un sistema artificioso, en fraude de ley, tendiente a abonar a la empresa el importe que reclamaba».

Tras la primera sentencia condenatoria, Louzán acudió a la Audiencia provincial de Pontevedra, que estimó parte de su recurso. Redujo la inhabilitación de ocho a siete años y aunque mantuvo la condena por prevaricación, excluyó el delito de fraude.

La Audiencia aceptó algunos argumentos de la defensa, entre ellos el hecho de que «no ha existido perjuicio ni riesgo de perjuicio para la Administración Pública y tampoco se ha acreditado en los acusados el dolo o intención de perjudicar al patrimonio de la Administración». No obstante, para la Audiencia sí hubo prevaricación, ya que los acusados, «cada uno en su condición, se pusieron de acuerdo en crear y desarrollar un procedimiento administrativo ficticio» para que la Diputación Provincial abonara a la empresa unas cantidades que reclamaba «por obras realizadas al margen del proyecto de una obra subvencionada por dicho organismo».

Louzán, que presidió la Diputación de Pontevedra durante su etapa en el PP -formación política de la que pidió la baja en 2016-, ha mantenido estos meses que tiene «fe ciega» en la justicia para ver estimado el recurso contra su condena. Del mismo modo, ha seguido con su agenda. El martes, un día antes de la vista en el Supremo, se reunió con Aleksander Ceferin, presidente de la UEFA.

 Deportes // elmundo

Te Puede Interesar